Gonzalo Eiras

1. Introducción

En el contexto actual del ecosistema empresarial y, particularmente, en el ámbito de las startups y empresas en crecimiento, la atracción y retención de talento clave se ha convertido en un desafío estratégico. La competencia por profesionales de alto nivel, directivos experimentados y colaboradores con habilidades críticas obliga a las organizaciones a diseñar esquemas de compensación que no solo sean económicamente atractivos, sino que también fomenten el compromiso a largo plazo con la compañía. Dentro de estas alternativas, los planes de Phantom Shares o acciones fantasma se han consolidado como una solución eficaz, al permitir a la empresa vincular los intereses del talento clave con el desempeño de la sociedad, evitando la dilución del capital y preservando el control societario.


2. Concepto y naturaleza jurídica

Las Phantom Shares constituyen un instrumento de compensación diferida de naturaleza contractual, por el cual el beneficiario adquiere derechos económicos equivalentes —pero no idénticos— a los que corresponderían a un accionista o socio por la tenencia de un número determinado de acciones o participaciones de la sociedad. Es importante subrayar que no existe transmisión de propiedad accionaria, ni otorgamiento de derechos políticos. El beneficiario no se convierte en socio/accionista, por lo que no adquiere derecho a voto ni participación en las asambleas o juntas. El pago derivado de las Phantom Shares se encuentra directamente vinculado:

  • Al valor de mercado de las acciones/participaciones reales.
  • A la variación (apreciación) de dicho valor en un período determinado.

3. Mecanismo de funcionamiento

El diseño e implementación de un plan de Phantom Shares exige un contrato específico, normalmente aprobado por el órgano de administración y, en determinados supuestos, por la junta general de accionistas (especialmente cuando los beneficiarios son miembros del propio órgano de administración).Un plan típico contempla:

  1. Determinación del pool: Número total de Phantom Shares a otorgar, equivalente a un porcentaje del capital social teórico.
  2. Definición de beneficiarios: Directivos, empleados clave, mentores o colaboradores estratégicos.
  3. Cláusulas de vesting: Periodo en el cual el beneficiario consolida derechos (por tiempo de permanencia o cumplimiento de objetivos).
  4. Cliff period: Periodo inicial durante el cual no se adquieren derechos, evitando beneficios a corto plazo para quienes no consoliden su relación con la sociedad.
  5. Eventos de liquidez: Circunstancias que gatillan el pago (venta total o parcial de la compañía, superación de umbrales de facturación, cierre de contratos estratégicos, etc.).
  6. Forma de liquidación: Usualmente en efectivo, calculando el valor al momento del evento de liquidez.

4. Ventajas para la empresa

  • No dilución del capital social: Se evita la entrada de nuevos accionistas y la consecuente dispersión del control.
  • Flexibilidad contractual: Permite adaptar el esquema a los objetivos estratégicos de la sociedad.
  • Alineación de intereses: El beneficiario se ve incentivado a maximizar el valor de la empresa.
  • Retención y fidelización: Herramienta eficaz para mantener a largo plazo al talento crítico.
  • Reducción de costos fijos: Permite moderar remuneraciones inmediatas a cambio de incentivos variables diferidos.

5. Ventajas para el beneficiario

  • Participación en el éxito empresarial: Accede a una compensación proporcional al crecimiento y valorización de la compañía.
  • Sin riesgos de socio: No asume las responsabilidades legales ni económicas inherentes a la condición de accionista.
  • Liquidez inmediata al cobro: El beneficio se percibe en efectivo, sin necesidad de vender participaciones reales.

6. Aspectos fiscales y regulatorios

En la mayoría de las jurisdicciones, incluida Argentina, el importe percibido por el beneficiario de Phantom Shares tributa como renta de trabajo personal al momento del cobro, no existiendo obligación fiscal en el otorgamiento inicial. Para la empresa, el pago constituye un gasto deducible en el ejercicio en que se efectúe. En el caso de sociedades con presencia internacional, debe evaluarse la legislación del país de residencia fiscal del beneficiario, ya que el tratamiento tributario puede variar significativamente. Asimismo, en ciertos supuestos, estos planes pueden considerarse planes de compensación diferida no calificada, sujetos a normativas específicas (por ejemplo, en EE.UU., la Sección 409A del Internal Revenue Code).


7. Recomendaciones para su implementación

Desde una perspectiva jurídica y de gobierno corporativo, recomendamos:

  1. Redacción precisa del contrato: Incluyendo definiciones claras de vesting, eventos de liquidez y mecanismos de valuación.
  2. Aprobación formal por los órganos societarios competentes.
  3. Cláusulas de protección para la sociedad: No competencia, confidencialidad y no captación de personal.
  4. Coordinación fiscal: Asegurar el cumplimiento normativo y optimizar la carga tributaria.
  5. Alineación con el plan estratégico: El plan debe ser coherente con la visión a mediano y largo plazo de la compañía.

8. Conclusión

Los planes de Phantom Shares constituyen un instrumento jurídico-financiero de alto valor estratégico para aquellas empresas que buscan retener talento clave, alinear intereses y potenciar su crecimiento, preservando la estructura societaria.



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